Derecho y deber de memoria como Neoderecho

Autores/as

  • Jennifer Alexandra Rodríguez Cipamocha Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia

DOI:

https://doi.org/10.15332/iust.v24iEspecial.3292

Palabras clave:

Deber de memoria, Derecho a la verdad, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Justicia, Reparación

Resumen

El presente artículo analiza la evolución del deber de memoria en el sistema interamericano de derechos humanos y su transformación en una exigencia jurídica derivada del derecho a la verdad. Aunque la Convención Americana sobre Derechos Humanos no reconoce expresamente un “derecho a la memoria”, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante una interpretación evolutiva de los artículos 1.1, 8, 25 y 13, ha establecido que la preservación de la memoria colectiva es indispensable para el pleno ejercicio de los derechos humanos. Así, el derecho a la verdad se extiende más allá de las víctimas individuales e involucra a la sociedad en su conjunto, imponiendo a los Estados obligaciones de preservación, difusión y enseñanza del pasado.

La consolidación jurisprudencial de este deber se ha dado progresivamente a través de tres decisiones clave: Velásquez Rodríguez vs. Honduras (1988), que afirmó el derecho social a conocer la verdad; Gomes Lund vs. Brasil (2010), que reconoció la difusión de la verdad como reparación colectiva y garantía de no repetición; y Rodríguez Vera vs. Colombia (2014), que incorporó la conmemoración y la enseñanza de los hechos como reparación simbólica y estableció la preservación de la memoria histórica como obligación internacional. De este modo, el deber de memoria deja de ser un mandato moral para convertirse en un derecho convencional emergente y vinculante.

Este derecho implica obligaciones estatales positivas, como el acceso a archivos, la protección frente al negacionismo y la incorporación de la memoria en políticas públicas. En Colombia, la jurisprudencia interamericana ha influido decisivamente en la institucionalización de políticas de memoria, pese a resistencias estructurales y culturales. Finalmente, los órganos interamericanos y de la ONU coinciden en que la memoria es hoy una obligación jurídica internacional y un pilar esencial de las democracias contemporáneas.

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Biografía del autor/a

Jennifer Alexandra Rodríguez Cipamocha, Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia

Abogada, Universidad Autónoma de Colombia, Bogotá, Colombia. Especialización en Derecho Público, Universidad Autónoma de Colombia, Bogotá, Colombia. Candidata a Magíster en Derecho Internacional Público, Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia.

Citas

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Publicado

2026-02-02 — Actualizado el 2026-02-02

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Cómo citar

Rodríguez Cipamocha, J. A. (2026). Derecho y deber de memoria como Neoderecho. IUSTITIA, 24(Especial). https://doi.org/10.15332/iust.v24iEspecial.3292