Teleología jurídica de la patente de invención, una mirada sistemática

  • David Francisco Franco Moreno Tribunal Administrativo de Tunja
Palabras clave: Patente de invención, acceso a la ciencia y la tecnología, free riders, teleología, axiología, requisitos de patentabilidad, licencia obligatoria, Patent, access to science and technology, teleology, axiology, patentability requirements

Resumen

La definición de la patente de invención como institución jurídica debe efectuarse a la luz de su finalidad como un monopolio legal temporal de explotación que excluye del uso gratuito de la información por parte de terceros no autorizados. En otras palabras, la finalidad última de la patente es el estímulo a la difusión de la investigación científica y no su privatización excluyente, pues sólo de tal forma se armoniza la tensión entre el derecho humano a la protección del ingenio humano, y el derecho humano del acceso a la ciencia y la tecnología. Así las cosas, ni la patente protege información que no aporte novedad a la humanidad, ni la patente protege a inventores que ejerzan su uso exclusivo de forma abusiva o contra hominem. Tal situación es verificable no sólo en la legislación internacional de los derechos humanos, sino en la misma legislación comercial, tanto internacional como en la comunitaria de la Comunidad Andina de Naciones.

Abstract
The patent definition must be made in order to it´s purpose as a temporary legal monopoly of exploitation of the free and unauthorized information using. In other words, the ultimate purpose of the patent is the dissemination of scientific research encouraging. In that way could be harmonized the tension between the human rights to the protection of the private interest, and the access to science and technology. So, the patent don´t protects no new information, neither abusive or against hominem use or them. This situation is verifiable in the international law of human rights, and in the commercial and Communitarian law.

Résumé
La définition du brevet de l’invention comme d’institution juridique doit être effectuée à la lumière de son but comme un monopole légal temporel de l’exploitation qu’il exclut de l’usage gratuit de l’information de la part de troisièmes non autorisés. Dans d’autres mots, le dernier but du brevet est la stimulation à la diffusion de la recherche scientifique et de non sa privatisation exclusive, puisque seulement de telle forme la tension est harmonisée entre les droits de l’homme à la protection du génie humain, et les droits de l’homme de l’accès à la science et la technologie. J’ai pris les choses, le brevet protège l’information qui n’apporte pas de nouveauté à l’humanité, le brevet protège les inventeurs qui exercent son usage exclusif de forme abusive ou contre hominem. Telle situation est vérifiable non seulement dans la législation internationale des droits de l’homme, mais dans la même législation commerciale, tant internationale comme dans la communautaire de la communauté andine de nations.

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Biografía del autor/a

David Francisco Franco Moreno, Tribunal Administrativo de Tunja
Maestría en Derecho Constitucional en ©, Universidad de la Sabana, Bogotá, (Colombia). Abogado, Universidad Santo Tomás, Bucaramanga (Colombia). Profesional, Tribunal Administrativo de Tunja. (Colombia).

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Publicado
2012-01-01
Cómo citar
Franco Moreno, D. (2012). Teleología jurídica de la patente de invención, una mirada sistemática. IUSTITIA, (10), 397-418. https://doi.org/https://doi.org/10.15332/iust.v0i10.889
Sección
Artículos