Retos para lograr en México la cultura de la paz y los derechos humanos

  • Omar Huertas Díaz Universidad Nacional de Colombia
  • Filiberto Eduardo R Manrique Molina Universidad Autónoma del Estado de Morelos
  • Cecilia Correa de Molina
  • José Saúl Trujillo González Corporación Universitaria de Sabaneta
  • Denisse Herreño Castellanos Universidad Santo Tomás Bucaramanga
Palabras clave: Paz, derechos humanos, cultura, violencia, constitución, derecho internacional, sociedad.

Resumen

La violencia en México es el síntoma del fracaso de la cultura de la paz y los derechos humanos, la estrategia emprendida por los últimos dos gobiernos no ha dado resultados positivos, pues lejos de disminuir este tipo de violencia, la ha recrudecido. Indudablemente, tenemos que tomar la decisión y cambiar de paradigma, esto es encaminar al país por el sendero de los derechos humanos y una cultura sólida de la paz, para generar en la colectividad una actitud distinta. Los problemas de violencia deben ser manejados integralmente, pues para que la paz prospere se requiere de una cimentación profunda y sólida en la sociedad, en la que participan los gobiernos y la comunidad internacional en general, pues no hay duda de que la construcción de la paz es el requisito previo para el desarrollo económico, social y democrático de los pueblos.

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Biografía del autor

Omar Huertas Díaz, Universidad Nacional de Colombia
docente investigador
Filiberto Eduardo R Manrique Molina, Universidad Autónoma del Estado de Morelos
maestro en Derecho
José Saúl Trujillo González, Corporación Universitaria de Sabaneta

Docente investigador 

Referencias

Americanos, O. d. (1969). Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). Convención Americana sobre Derechos Humanos, 1. San José, Costa Rica, San José, Costa Rica: OEA.

Americanos, O. d. (1987). Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, 1. Cartagena de Indias, Colombia: OEA.

Americanos, O. d. (8 de junio de 1994). Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. Recuperado el 4 de abril de 2015 de http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-60.html

Americanos, O. d. (1994). Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, 1. Belém do Pará, Brasil, Belém do Pará, Brasil: Departamento de Derecho Internacional, OEA.

Bauman, Z. (2005). Ética posmoderma. México, D.F.: Siglo XXI.

Bauman, Z. (2010). Mundo-consumo, ética del individuo en la aldea global. Buenos Aires, Argentina: Paidós.

Caballero, A. A. (2012). Los derechos humanos en México. México, D.F.: Porrúa.

Carranza, S. A. (2002). Los desafíos de la seguridad pública en México. México., D.F.: UNAM.

Caso Bámaca Velásquez Vs. Guatemala, Serie C No. 70 (Corte IDH 25 de noviembre de 2000).

Caso Heliodoro Portugal Vs. Panamá”. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia, Serie C No. 186 (Corte IDH 12 de agosto de 2008).

Caso Huilca Tecse Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas, Serie C No. 121 (3 de marzo de 2005).

Caso Myrna Mack Chang Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas, Serie C No. 101 (Corte IDH 25 de noviembre de 2003).

Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras, Serie C No. 4 (Corte IDH 29 de julio de 1988).

Coperation, A.-P. E. (2006). Anti-corruption and governance: The Philippine experience. Ho Chi Minh City, Viet Nam: APEC.

Corruption, T. I.-T. (2014). Visualising corruption perceptions index 2014. Berlín, Alemania: Transparency International.

Dircio, J. C. (2014). Mediación penal y derechos humanos. México, D.F.: Coyoacán.

Forzada, C. C. (2015). Observaciones finales sobre el informe presentado por México en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención. Ginebra, Suiza: Naciones Unidas.

Fund, I. M. (1998). Corruption around the world: causes, consequences, scope and cures. Francia: Fiscal Affairs Department.

Heyns, C. (2013). Observaciones preliminares sobre la visita oficial a México del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias. México, D.F.: Naciones Unidas.

Holder, F. (2014). Índice de seguridad regional países latinoamericanos-2014. México, D.F.: FTI Consulting, Forensic & Litigation Consulting.

Humanos, O. d. (2006). Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. 1. Ginebra, Suiza, Ginebra: Naciones Unidas.

International, A. (2013). México, aumento de las violaciones de los derechos humanos y de la impunidad. México., D.F.: Amnesty International.

Internacional, A. (2014). Fuera de control, tortura y otros malos tratos en México. Madrid: Amnesty International.

International, T. (2014). Visualising corruption perceptions Index 2014. Berlín, Alemania: Transparency International.

Le Clercq, J. A. (2015). Índice Global de Impunidad IGI 2015. México: Centro de Estudios sobre Impunidad y Justicia CESIJ.

Mafie, L. A. (2012). México la guerra invisible. Historias, cifras y negocios de los carteles criminales y la impunidad de las mafias mexicanas. Roma, Italia: Libera, peace per il messico.

Méndez, J. E. (2014). Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. México, D.F.: ONU.

Naciones Unidas, O. d. (2006). Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. ONU.

Nations, U. (1991). Manual on the effective prevention and investigation of extra-legal, arbitrary and summary executions. 12. Minneapolis, USA: The Advocates for Human Rights.

Peace, I. f. (2014). Global Peace Index. Sydney, New York, and Oxford: IEP.

Posner, R. A. (2011). Cómo deciden los jueces. México, D.F.: Ubijus, Inacipe.

Publica, S. N. (2015). Informe de víctimas de homicidio, secuestro y extorsión 2014. México, D.F.: Centro Nacional de Información.

Rights, O. o. (2015). Opening Statement, Item 2, High Commissioner’s Annual Report. New York: United Nations.

Rojas, C. N. (2009). El sistema interamericano de derechos humanos en acción. Aciertos y desafíos. México: Porrúa.

Social, C. N. (2012). Anexo estadístico de pobreza en México. México: INEGI.

Unidas, A. G. (15 de diciembre de 1969). Cuestión del castigo de los criminales de guerra y de las personas que hayan cometido crímenes de lesa humanidad. (Resolución 2583, XXIV). Ginebra, Suiza: Naciones Unidas.

Unidas, A. G. (3 de diciembre de 1973). Principios de cooperación internacional en la identificación, detención, extradición y castigo de los culpables de crímenes de guerra, o de crímenes de lesa humanidad en su Resolución 3074. Ginebra, Suiza: Naciones Unidas.

Unidas, A. G. (1999). Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz (p. 2). Ginebra, Suiza: Naciones Unidas.

Unidas, N. (2013). Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal México. Ginebra suiza: ONU.

Unidas, A. G. (2014). Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Christof Heyns. México, D.F.: Naciones Unidas.

Unión, C. d. (1991). Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, 1. México, D.F., México: Congreso de la Unión.

Watch, H. R. (2011). Ni seguridad, ni derechos, ejecuciones, desapariciones y tortura en la guerra contra el narcotráfico de México. México., D.F.: HRW.

Watch, H. R. (2013). Los desaparecidos de México, el persistente costo de una crisis ignorada. Estados Unidos de América: HRW.
Publicado
2016-10-26
Cómo citar
Huertas Díaz, O., Manrique Molina, F., Correa de Molina, C., Trujillo González, J., & Herreño Castellanos, D. (2016). Retos para lograr en México la cultura de la paz y los derechos humanos. IUSTITIA, (13), 285-310. https://doi.org/https://doi.org/10.15332/iust.v0i13.1544
Sección
Investigación